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Es cierto que en ciertas ocasiones la jerga legal puede resultar abrumadora. Sin embargo, estar al día de la situación legal en la que se encuentra su alquiler vacacional es de vital importancia.
Una de las confusiones más habituales es la de saber a qué tipo de licencia turística solicitar, ya sea en Andalucía o en el resto de comunidades autónomas. Son habituales las llamadas preguntando bajo qué requisitos legales, y licencia turística, se encuentra su vivienda.
El Decreto 20/2002, es el documento que marcas las líneas a seguir por los alojamientos turísticos en Andalucía. Los alojamientos rurales están compuestos por varios tipos, pero,
¿Qué se considera rural y qué no?
Los espacios rurales son aquellos que:
Alojamiento rural
Existen varios tipos de alojamiento rural, entre los cuales encontramos las casas rurales, los apartamentos turísticos rurales y las viviendas turísticas de alojamiento rural
En zonas rurales el alojamiento turístico deben cumplir requisitos como:
Aunque existan requerimientos específicos para cada tipo, todos los alojamientos turísticos rurales deben cumplir con unos servicios mínimos.
Estos servicios se corresponden con el alojamiento, cambio de lencería de cama y limpieza de habitaciones y baños.
Casas Rurales
Las casas rurales suelen ser viviendas o edificios independientes, ubicadas en un espacio de carácter agrícola o ganadero que suele incluir cobertizos o cuadras. Los edificios considerados como casa rural no pueden albergar más de tres viviendas. Tampoco se pueden superar el total de 20 plazas.
Las casas rurales se clasifican en dos categorías: básica y superior.
Viviendas turísticas de alojamiento rural (VTAR)
En términos legales el concepto de casa rural y vivienda turística de alojamiento rural coinciden excepto en dos puntos:
Al igual que con las casas rurales, las VTAR deben estar completamente amuebladas, siguiendo, al menos, las directrices marcadas para la categoría básica de las casas rurales.
Además, de forma específica, las VTAR deben contar con:
¿Cómo inscribirse?
Al igual que con el resto de alojamientos turísticos en Andalucía, es necesario registrar tu casa rural o VTAR en el Registro de Turismo de Andalucía.
Además de la documentación necesaria para certificar la habitabilidad de la vivienda, es necesario presentar el formulario de la Declaración Responsable completa junto al resto de documentación (también puede enviarse online):
Link: https://www.vacaciones-espana.es/rentalbuzz/andalucia-alquiler-vacacional-en-el-medio-rural
One thought on “Andalucía: Alquiler vacacional en el medio rural”
Me ha encantado vuestro articulo y me ha sabido a poco pero ya sabeis lo que dice el dicho «si lo bueno es breve es dos veces bueno». Me gustara volver a leeros de nuevo.
Saludos