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Las viviendas turísticas deben informar del cambio de inquilino a la Policía.No hacerlo puede llevar a sanciones.Vemos qué dice la ley.
Dependiendo del municipio en el que se encuentre la vivienda turística, el proceso de identificación de viajeros lo gestiona el área de Participación Ciudadana de la Policía Nacional, al que deberá acudir en primer lugar, si hubiere, o en su defecto a la Guardia Civil. Exponemos las palabras dadas en una conferencia por Lidia Avivar, de la Policía Nacional
El propietario o gestor está obligado a identificar a todas los viajeros mayores de 16 años, mediante el “Parte de Hospederías”, confeccionar un Libro-Registro de Viajeros y comunicar la entrada en las 24 horas siguientes a la Policía Local, Nacional o Guardia Civil, según el lugar donde se halle la vivienda de alquiler vacacional.El viajero debe firmar el parte de entrada.
Según la Ley orgánica 4/2015 no cumplir con estas obligaciones puede acarrear sanciones de entre 600€ hasta 30.000€
Propietarios o gestores de viviendas turísticas deben acreditarse como tal, únicamente de forma presencial, en la Comisaría Nacional de Policía o Guardia Civil a la que esté circunscrita la vivienda y aportar :
Posteriormente debería de darse de alta la vivienda al que se asignará un código único de identificación así como una contraseña para acceder al Sistema de Hoteles, desde el que se podrán comunicar los hospedajes de forma telemática mediante grabación directa de cada viajero o enviando un fichero con todas las entradas del día. Con todos los datos rellenados.
Accediendo al sistema para enviar partes de entrada de viajeros : https://www.webpol.policia.es/e-hotel/.
En el caso de Guardia Civil https://hospederias.guardiacivil.es/
A tener en cuenta que al rellenar el «Driat» o los datos para obtetner la licencia en la Consejeria pertinente , el propietario dice quién va a ser el explotador de la licencia. Si el propietario no va a ser el explotador debe rellenar esa casilla diciendo que empresa o particular va a ser el que tenga los derechos(no basta que una casa tenga licencia, debe definir explotador) . Ojo porque por esta actualización de datos el organismo público puede cobrar una tasa por cada cambio de explorador , cada vez que lo cambie. En cualquier caso se entiende que el que debe presentar los datos a la guardia civil o Policía es el explotador.
El propietario o gestor deberá recoger los datos de identificación de todos los viajeros mayores de 16 años que se alojen en una vivienda turística, ajustándose al modelo de cada cuerpo de seguridad, o que recoja por lo menos el modelo del Ministerio de Interior.En general debe tener los siguientes datos: Nombre, Apellidos, Número de Documento de Identidad, Tipo de Documento, Fecha de Nacimiento, Sexo, Nacionalidad y Fecha de Entrada. Este parte también debe llevar el número de identificación, nombre, apellidos y firma del propietario o gestor.
El parte debe enviarse a la Policía Local, Nacional o Guardia Civil, según corresponda, a través de uno de los siguientes canales, y en las 24 horas siguientes:
Toda esta información es a nivel nacional, luego cada comunidad autónoma tiene una legislación que puede afectar o no.En el caso por ejemplo de Baleares la legislación está pendiente, por lo que no se debe presentar hasta la nueva norma.
14 thoughts on “¿ Hay que declarar los inquilinos de alquiler vacacional a la Policía ?”
Hola, soy propietaria de una casa vacacional, la que alquilamos a través de varias agencias desde hace años.
No tenía constancia de que se tuvieran que comunicar a la policía los datos de los inquilinos. ¿Es obligatorio para todas las casas vacacionales? Si es así, ¿desde cuándo?
Muchas gracias!
Un saludo
Sí, es obligado para todas las casas desde siempre, dado que, cualquier servicio de «hospedaje» debe de informar en un plazo inferior de 24 los datos personales (DNI/pasaporte/nombre/dirección…) de los huéspedes.
También, por ello, deben cumplirse con la L.O.P.D. ley orgánica de protección de datos.
Hay entidades que nos encargamos de todo ello
Para cualquier ampliación:
Alberto Fernandez
CEO de acv-spain.com
info@acv-spain.com
Nota: En el texto pone «… inferior de 24 los datos…» debería poner «… inferior de 24 horas los datos…» :), sorry.
Fui a la policía y me enviaron a participación ciudadana… ahí tuve que explicarles yo todo esto del registro de hospedería… no tienen ni idea.
Lo mismo para la declaración responsable… perdí un día para conseguir el certificado digital y no funciona en ordernadores apple… otro día perdido para ir al ayuntamiento, me mandaron a 3 áreas diferentes y por fin conseguir hacerlo presencialmente.
Quieres hacer todo legal y es que nadie tiene ni idea… después arreglarán esta chapuza a base de multa…
He hablado con la policia nacional de Palma. Al día 22/9/17 no tiene el sistema actualizado para registrar propiedades vacacionales.
PARA IDENTIFICARSE EN UN HOTEL ,HOSTAL, ME ES VALIDO CUALQUIER DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE MI PAIS MISMO DONDE ESTE MI FOTO Y MIS DATOS PERSONALES ?
Totalmente de acuerdo, He perdido mañanas intentando darme de alta, nadie tiene ni idea, Te marean, es una burrocracia. Vas y la persona que te tiene que informar nunca está, vuelva usted mañana. Ahora eso si, a la hora de multarte son más rápidos que el Coyote.
Se puede poner una muestra de cómo afecta al propietario o responsable el cumplimiento de la Ley de Protección de Datos ?
En los últimos años parece que se ha relajado el cumplimiento de esta medida en distintas zonas de España. Al menos a nivel particular, he tenido la sensación de que hay cierto descontrol en este tema. Propietarios de apartamentos, casas rurales y pequeños hoteles, a veces recogen sólo parte de la documentación de los inquilinos, y en ocasiones de ninguno. Además, me parece interesante el comentario anterior de otro lector haciendo referencia a la LOPD… seguro que es difícil encontrar un propietario que cumpla al 100% con ambas leyes.
Mi pregunta no es de ALQUILER VACACIONAL, sino de alquiler para vivienda HABITUAL. Soy propietario de una vivienda en zona residencial y quisiera alquilarla. Es una entidad urbanística de conservación, con acuerdos con el Ayuntamiento en ciertos gastos. Tengo que comunicar a la Guardia Civil, quien vive en mi vivienda alquilada.? La entidad que vivo es muy competente y aunque tenemos servicio de seguridad, está la directiva en conseguir los datos de los inquilinos, para una mayor seguridad. Los robos con personas dentro de casa, se han dado. Aunque soy muy cumplidor con la LOPD, estoy de acuerdo en comunicar la identificación de mi posible inquilino, como seguridad para la urbanización
Si tienes los registros de entrada pero no los has registrado en la pagina ni presencialmente, es obligatorio hacerlo aunque estén fuera de esas 24 horas? es mejor registrarlas aunque estén fuera de plazo?
Mis dispositivos de trabajo son Apple y hasta ahora no he tenido problema para enviar los partes de viajeros a través de la webpol, pero desde hace unas semanas, aunque consigo entrar dónde salen los datos de registro de mi vivienda, una vez que pulso «grabación manual» me salta a la pantalla de inicio donde se introduce la contraseña. He probado en el teléfono de mi marido que es Android y no hay problema. A alguien más le pasa esto?, cuál es la solución?
Muchas gracias
Hola, es obligatorio y legal que una sociedad que gestiona una casa de alquiler vacacional, para formalizar el contrato de alquiler me solicite los datos e información de mi ordenador, mi dirección IP, el navegador que utilizo y la configuración del idioma, todo ello además de la información normal para policía y/o guardia civil, como son nombre y apellidos + DNI ?
Gracias-
EL HUESPED, ES OBLIGATORIO QUE NOS DEJE UNA COPIA DEL PASAPORTE O DNI O SOLO CON LLENAR LA DOCUMENTACION ESTARIA COMPLETO EL TRAMITE
HAY GENTE QUE NO TE QUIERE DAR EL DNI O PASAPORTE
COMO PROSEDER